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Boletín: “Inconstitucionalidad de las obligaciones asignadas a los patrones de trabajadores del campo”

19 - febrero - 2024

El pasado miércoles 24 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de la Ley del Seguro Social en materia de DERECHOS LABORALES DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL CAMPO.

Lo relevante de dicho DECRETO es que trae aparejada una serie de obligaciones para las personas empleadoras, principalmente en materia de seguridad y salud, de gran relevancia y costo económico,como son: el proveer gratuitamente habitaciones; proporcionar alimentación, traslados y medicamentos; así como fomentar educación [entre otros], cuyo incumplimiento podría ser sancionado incluso con multas de 250 a 2500 la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

A juicio de nuestra firma, las obligaciones y sanciones planteadas en el DECRETO carecen de azonabilidad y proporcionalidad, a la luz de los artículos 1, 3, 4, 5, 31, fracción IV, 123 y demás relativos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al asignarle a la persona empleadora funciones, y cargas económicas, que corresponden originalmente al Estado y a los órganos de seguridad social, lo que incluso desinhibe la contratación de ese personal.

En ese sentido, aquella persona que logre demostrar que emplea personas trabajadoras del campo, tiene a su alcance el Juicio de Amparo Indirecto, mismo que deberá de presentarse dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la vigencia del DECRETO en comento; esto es, a más tardar el jueves 07 de marzo de 2024; o dentro de los 15 días siguientes al primer acto de aplicación.


En caso de estar interesado con la presentación de dicho juicio de amparo, agradeceremos se pongan en contacto con nosotros para precisar los alcances y requerimientos para la debida interposición del medio de defensa en comento.


Saludos cordiales,


Lic. José Pablo Ramos Castillo
Socio Director de
Ramos Castillo Abogados, S.C.
Correo: j.ramos@ramoscastillo.com


Lic. Juan Carlos de Obeso Orendain
Socio de
Ramos Castillo Abogados, S.C,
Correo: j.obeso@ramoscastillo.com

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